Asociación ilícita: la Justicia confirmó la validez de 16 biblioratos clave y rechazó un pedido de nulidad en la causa del Pueblo Ranquel

La causa por presunta asociación ilícita que investiga maniobras vinculadas a la administración del Pueblo Ranquel sumó en las últimas horas una resolución judicial de fuerte impacto procesal: el Tribunal de Impugnaciones de la Segunda Circunscripción Judicial confirmó que se preservó la cadena de custodia de 16 biblioratos con documentación clave y rechazó el recurso de apelación presentado por la defensa de uno de los investigados.
La decisión representa un nuevo respaldo a la investigación en curso, ya que desestima uno de los principales planteos formulados por el abogado Pascual Celdrán, quien representa a un ex administrador del Pueblo Ranquel que aparece bajo investigación por su presunta participación en la estructura que la Justicia analiza como una posible organización delictiva.
El eje del planteo defensivo giraba en torno a la supuesta ruptura de la cadena de custodia de la prueba documental. Según sostuvo la defensa, los biblioratos —que contienen información contable, administrativa y documentación de relevancia para el expediente— habrían sido retirados de dependencias del Ministerio Público Fiscal por un tercero cuya designación no estaba debidamente acreditada.
Con ese argumento, Celdrán solicitó la nulidad de todo lo actuado en el expediente por asociación ilícita y, particularmente, pidió dejar sin efecto la pericia contable incorporada al legajo fiscal.
Sin embargo, el Tribunal de Impugnaciones rechazó de manera categórica esa postura.
Los jueces Hernán Diego Herrera, Marcelo Bustamante Marone y Laura Belén Molino consideraron que no existió afectación concreta al debido proceso ni lesión al derecho de defensa.
Uno de los puntos centrales del fallo fue que la documentación cuestionada había sido entregada de forma voluntaria por la propia defensa en un acto procesal “libre y consciente”, realizado precisamente como parte de la estrategia para acreditar la inocencia del asistido en otro expediente relacionado.
Ese detalle resultó determinante para el tribunal, que entendió que no puede desconocerse posteriormente una prueba aportada por la misma parte que hoy intenta impugnarla.
Además, la resolución subraya que la defensa no logró demostrar un perjuicio real, actual y específico derivado de la supuesta irregularidad.
En otras palabras, la apelación no pudo precisar qué documento habría sido alterado, sustraído o adulterado, sino que se limitó a formular hipótesis generales sobre posibles manipulaciones sin sustento concreto.
Para los magistrados, ese extremo resulta insuficiente para declarar la nulidad de una causa de semejante complejidad.
Una investigación más amplia
Otro aspecto relevante que destacó el Tribunal es que la investigación no depende exclusivamente de los biblioratos cuestionados.
Por el contrario, el expediente cuenta con un volumen probatorio autónomo y diverso que incluye informes bancarios, registros de transferencias, documentación de la Dirección Provincial de Rentas, informes del Registro de la Propiedad Inmueble y del Automotor, entre otros elementos.
Esto significa que, aun dejando de lado la documentación discutida, la causa conserva otros pilares probatorios que sostienen la línea investigativa del Ministerio Público Fiscal.
La resolución también remarca que toda esa documentación se encuentra digitalizada y disponible para la defensa desde hace más de dos años, lo que debilita aún más el planteo sobre una eventual afectación al derecho de defensa.
Contexto judicial y político
La causa vinculada al Pueblo Ranquel viene siendo seguida con atención en Villa Mercedes y en el ámbito judicial provincial por la magnitud institucional que reviste.
La investigación apunta a determinar si existió una estructura organizada para cometer maniobras irregulares en la administración de fondos y documentación pública, bajo la figura penal de asociación ilícita, una calificación de gravedad que presupone la existencia de una organización estable orientada a la comisión de delitos.
El rechazo de este recurso no implica una definición sobre la responsabilidad penal de los investigados, pero sí fortalece la continuidad del proceso y despeja, al menos por ahora, uno de los intentos más fuertes de la defensa para cuestionar la validez del expediente.
Con esta resolución, queda firme lo resuelto en noviembre de 2025 por el Juzgado de Garantía Nº 3, a cargo de la Dra. Natalia Pereyra Cardini, y la causa podrá seguir avanzando sobre la base de la prueba documental ya incorporada.



