El Gobierno nacional busca generar un sistema legal que facilite el cobro de las propinas por parte de aquellos trabajadores de los rubros en los que se suelen abonar, a través de dispositivos digitales.
El decreto que aprobaría el presidente Javier Milei se basa en un proyecto de Ley que presentó el diputado nacional mendocino Julio Cobos, en marzo de este año.
El propio legislador celebró la decisión del Gobierno de sancionar un DNU con este proyecto, al manifestar en sus redes sociales que es «una muestra más de que la intervención inteligente del Estado es necesaria y bienvenida».
En el mismo hilo de X (ex Twitter), Cobos explicó que el proyecto que se presentó en la Cámara baja del Congreso, permite que «el trabajador cobre la propina con tarjeta de crédito, débito, billeteras virtuales o cualquier otro medio de pago físico o electrónico; incluso que se incorpore en el mismo medio que se efectúe el pago del servicio o el producto vendido».
Esto traería aparejado la necesidad de adecuar el sistema de cobros de los comercios y de generar modificaciones necesarias para que esta nueva manera de pagar las propinas pueda llevarse a cabo.
De sancionarse este DNU, no implicaría que el cobro digital de las propinas sea la única manera de percibirlas. Cobos, asegura que la aprobación de esta herramienta «no imposibilita de ninguna forma que la propina pueda ser concretada en efectivo. La propina es de fundamental importancia para miles de trabajadores y con este proyecto facilitamos la percepción de la misma».
Puntos principales de la Propina Digital
– Derecho a Propinas Electrónicas:
Los trabajadores que usualmente reciben propinas de los clientes tienen derecho a que estas puedan ser efectuadas mediante tarjeta de crédito, débito, billeteras virtuales u otros medios de pago electrónicos.
– Normativa del Banco Central:
El Banco Central de la República Argentina debe dictar normas para la implementación inmediata del sistema que permita incluir la propina en la transacción del mismo medio de pago utilizado para el servicio o producto.
– Obligaciones del Empleador:
El empleador debe aplicar la tecnología para permitir que los clientes incluyan las propinas en la misma transacción de pago del servicio o producto. El empleador debe liquidar las propinas en los plazos establecidos por la normativa vigente y no puede disponer de las propinas en ninguna circunstancia.
– Prohibición de Descuentos:
Las propinas no pueden ser objeto de descuentos o deducciones por el empleador, salvo los tributos aplicables según las normas vigentes.
– Responsabilidad de Instituciones Financieras:
Las instituciones financieras deben tomar las medidas necesarias para aplicar la ley según lo dispuesto por el Banco Central.
– Prohibición de Comisiones:
Las instituciones financieras no pueden cobrar comisiones, cargos, recargos o descuentos sobre las propinas.
– Aplicabilidad:
Las disposiciones de la ley son aplicables independientemente de si las propinas son consideradas materia gravada o asignación.
– Propinas en Efectivo:
La ley no puede ser interpretada para privar a los trabajadores de recibir propinas en efectivo.
La situación en Mendoza
Si bien aún no se conoce el alcance real que tendrán las medidas que implementará el decreto, algunos comercios en Mendoza, sobre todo del rubro gastronómico, pero también algunos del sector turístico, han implementado la posibilidad de que sus empleados puedan percibir las propinas de manera digital.
Si bien no hay un procedimiento estandarizado, en estos casos algunos comercios optan por cobrar el total del servicio, incluyendo la propina y luego se le da al trabajador su parte correspondiente del monto total.
También permiten que quienes tienen que recibir una propina lo hagan directamente en una cuenta de billetera digital o bancaria propia de cada trabajador.
Desde la Asociación de Empresarios Hoteleros y Gastronómicos de Mendoza (AEHGA), manifestaron al Post que aún esperan ver realmente los alcances del posible decreto y que están trabajando en conjunto con la Federación Empresaria Hotelera y Gastronómica de la República Argentina, acerca de este tema, que consideran «complicado».
¿Qué complicaciones podrían surgir? Lo importante en este caso es la interpretación de la AFIP y de ATM. Hubo casos en los que se les cobró el IVA y también Ingresos Brutos a las empresas por las propinas como si fuesen ingresos «propios», lo que generó inconvenientes entre las partes y complicaciones para los empresarios, porque es complejo demostrar que se trata de la propina para el empleado.