
El Gobierno nacional modificó el esquema que regula los ajustes del precio del gas en las tarifas domiciliarias y restableció los períodos estacionales que determinan cómo se trasladan esos cambios a las facturas de los usuarios.
La medida fue oficializada mediante la Resolución 60/2026 de la Secretaría de Energía del Ministerio de Economía, publicada este miércoles en el Boletín Oficial.
A partir de ahora, los ajustes tarifarios volverán a aplicarse según dos períodos estacionales definidos:
- Invierno: del 1 de mayo al 30 de septiembre
- Verano: del 1 de octubre al 30 de abril
Cómo impacta el cambio
La normativa modifica el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución, aprobadas originalmente por el Decreto 2.255/1992, que regula el funcionamiento del servicio público de distribución de gas por redes en Argentina.
Según explicó la Secretaría de Energía, el esquema vigente había sido modificado en 2018 para alinearlo con los cuadros tarifarios semestrales, pero ese criterio perdió relevancia en el contexto actual.
Esto se debe a la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU), un sistema que fija un valor promedio anual del gas reconocido en las tarifas.
En ese marco, la estacionalidad ya no responde tanto a cambios en el precio del combustible, sino al comportamiento de la demanda, que suele aumentar significativamente durante el invierno.
Qué establece la ley
La medida se basa en lo establecido por la Ley 24.076, que regula el mercado del gas natural y determina que el precio que pagan los usuarios debe reflejar los costos de adquisición del combustible por parte de las distribuidoras.
La normativa también establece que las variaciones del precio del gas deben trasladarse a las tarifas sin generar ganancias ni pérdidas para las empresas distribuidoras o transportistas.
Aplicación del nuevo esquema
El nuevo sistema deberá ser aplicado por las empresas distribuidoras de gas por redes, que tendrán que utilizar estos períodos estacionales al presentar los cuadros tarifarios ante el ente regulador.
La resolución indica que, si las empresas no expresan formalmente su aceptación del cambio, se considerará aprobada automáticamente cuando presenten su primera solicitud de actualización tarifaria bajo la nueva periodicidad.
La disposición fue firmada por la secretaria de Energía, María Carmen Tettamanti, y contó con la intervención de las áreas técnicas y jurídicas del Ministerio de Economía.



