Villa Mercedes

CASO DR. DOMINGUEZ: SE DESARROLLARON LOS ALEGATOS

En la sala de juicios orales Nº 2 del edificio judicial mercedino. El debate se reanuda el próximo lunes. 

El tribunal integrado por las Dras. María Silvia del Castillo de Insúa, Daniela Estrada y Sandra Ehrlich recepcionó los alegatos de las partes en el debate oral que se desarrolla en el marco de una causa de homicidio culposo que tiene como imputada a una mujer, por un hecho ocurrido el 22 de octubre del 2017 -accidente de tránsito- en la intersección de las calles Láinez y Vicente Sallorenzo en donde perdió la vida el Dr. Gustavo Dominguez.

Luego de declararse clausurada la etapa probatoria, la presidente del tribunal cedió la palabra al representante de la particular damnificada.

El Dr. Roberto Pereyra expresó que ha quedado demostrado que en un cruce entre dos calles, un vehículo de mayor porte (camioneta) embistió a otro de menor porte (motocicleta). Se refirió al daño de los vehículos, a las conclusiones periciales, al acta de constatación, testimonios, etc.

El representante de la particular damnificada explicó que luego del hecho, hubo ausencia por parte de la imputada, se retiró del lugar, afirmó, a lo que el abogado consideró como un agravante. Hay circunstancias objetivas que acreditan la responsabilidad de la imputada, expresó. Solicitó la pena de 4 años y medio de prisión de cumplimiento efectivo, consideró que no hay motivos que justifiquen la ausencia del lugar del hecho. 

Luego, el fiscal de Juicio, Dr. Maximiliano Bazla, manifestó que el hecho está probado y no está sujeto a duda alguna, agregó que está acreditada que la persona que conducía la camioneta es la mujer ahora imputada y que hubo un fallecimiento producto del accidente.

El fiscal mencionó pericias, fotografías, etc. Expresó que estamos en presencia de un hecho culposo, que no existió dolo y que se trató de un acto negligente e imprudente.

En su análisis hizo una descripción y relato de los hechos sucedidos e hizo referencia a la violación del deber objetivo de cuidado, explicó que la acusada no tuvo precaución al momento de ingresar en esa calle, que no frenó ni disminuyó la velocidad y continuó su marcha.

Además, dijo que la imputada no tuvo el cuidado necesario que se debe tener ante estas situaciones, no brindó colaboración, no brindó auxilio, agregó.

El Dr. Bazla indicó que la descripción del hecho y la conducta desplegada por la acusada encuadra en el delito de homicidio culposo (Art.84 bis – 2do párrafo del Código Penal). Como agravantes no encontró elementos y como atenuantes, la falta de antecedentes, circunstancias personales y particulares, las circunstancias vividas, el comportamiento posterior al hecho, la presentación en comisaría y dijo que está claro que no intentó eludir el accionar de la justicia, entre otros.

El representante del Ministerio Público Fiscal solicitó la pena de 3 años de prisión en suspenso accesorias legales y costas procesales.

Por último, fue el turno de la defensa de la imputada ejercida por el Dr. Pascual Celdrán, quien en primer lugar solicitó la suspensión del juicio a prueba.

Luego, expresó que si bien se trató de un accidente no se pueden determinar los elementos objetivos de cómo sucedió el hecho. Se refirió a la pericia accidentológica y afirmó que se trataron de medidas erróneas y que la confección del croquis tiene muchos defectos. Dio detalles de croquis, de medidas, etc.

Además, explicó que no hay prueba que acredite que la moto fue embestida en la parte trasera. También expresó que tiene que haber elementos subjetivos y objetivos para reprochar una conducta penal. No existen imprudencia, impericia y no hubo violación a la obligación del deber de cuidado, dijo la defensa.

No fue un hecho afortunado para nadie, agregó.  Y expuso que su defendida está cumpliendo una pena natural por los problemas de salud y psíquicos, que su retiro del lugar se debió a cuestiones traumáticas y circunstancias personales que le generaron miedo y pánico, no hubo intención de huir, afirmó.

El Dr. Celdrán solicitó que se absuelva a su defendida por el beneficio de la duda.

Por su parte, la imputada dijo, entre otras cosas: “Lo que quiero es que se haga justicia y se entienda que fue un accidente (…) estos cinco años  han sido una tortura”. 

En relación al pedido de la defensa sobre la suspensión del juicio a prueba, tanto el fiscal de Juicio como el representante de la particular damnificada coincidieron en que debe ser rechazado ya que es improcedente, carece de requisitos y, que hay en tratamiento un recurso de queja en el Superior Tribunal de Justicia.

El próximo lunes a las 9:00 hs el tribunal dará a conocer la resolución sobre lo planteado por la defensa y en caso de corresponder, se dictará el veredicto.

Javier Furlotti

Administrador VM Multimedia

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