Caso Zoe: Prórroga De Detención Para Los Dos Imputados. Video
El juez subrogante del Juzgado de Garantías N° 4, Marcos Flores Leyes, concedió este jueves los ocho días de prórroga solicitados por las defensas de Adrián Rodríguez y Leandro Oses, imputados por la muerte de Zoe Pérez, de 17 años, ocurrida el 20 de febrero en la ciudad de La Toma. Los acusados se abstuvieron de declarar y permanecerán alojados en sede policial.
La Fiscalía de Instrucción Penal con intervención en contexto de género, diversidad sexual, infancias y adultos mayores, representada por la fiscal María del Valle Durán y la fiscal adjunta, Antonella Romagnoli, solicitó que a los hombres de 31 y 24 años se les dicte la prisión preventiva por 120 días y acusó a Rodríguez de homicidio doblemente agravado por el vínculo y por el género y a Oses de coautor de homicidio agravado por el género.
Vencido el plazo de los ocho días, o si los defensores lo deciden interrumpir antes, se continuará con la audiencia de formulación de cargos y el magistrado deberá resolver la situación procesal de ambos acusados.
El pedido de los abogados Guillermo Levingston y Miguel Orozco, representantes de Oses; y de la Defensora en lo Penal N° 2, Nadia Agúndez, está previsto en el artículo 40 de la Constitución Provincial y es un beneficio que puede pedir una persona imputada si estima que ello puede favorecer a su defensa.
“La calificación legal es provisoria sujeto a lo que surja de la investigación y cuya modificación de hechos como de calificación será puesta en conocimiento de la defensa”, dijo Durán.
Para fundamentar el pedido de la medida coercitiva, la fiscal mencionó que existen riesgos procesales de fuga y de entorpecimiento de la investigación. “De fuga por la gravedad del delito atribuido y la solidez de la imputación. No es un dato menor que ambos ciudadanos no son oriundos de San Luis, Oses es de Buenos Aires y Rodríguez de Tierra del Fuego. Tienen trabajo, pero no registrado ni estable, y ninguno de los dos tiene familia ni hijos”, sostuvo la funcionaria judicial.
Respecto al riesgo de entorpecimiento, Durán expresó que se trata de una causa sensible, que ocurrió en una localidad de 9 mil personas y donde todos se conocen. “Esto puede influir en la declaración de los testigos y familiares si los imputados quedan libres durante el proceso. También se debe atender el comportamiento de los acusados: Rodríguez negó tres veces que Zoe estuviera en el lugar cuando ya estaba muerta en ese lugar. Y Oses le mintió a su hermano y a su empleador que no se encontraba en La Toma”, narró la fiscal.
Y agregó: “existe un riesgo real donde ha muerto una mujer menor en circunstancias de violencia y dentro de la vivienda del imputado y donde también estaba el otro imputado, quienes fueron los últimos que lo vieron con vida, entonces necesito que se cautele ese proceso, que se cautele la declaración respectiva y también fundamentalmente la presencia de ellos dos en el lugar de la investigación”.
La teoría del caso de la Fiscalía
“El 20 de febrero de 2024, entre las 10 y 11:30 horas, Zoe Abigail Pérez, de 17 años, deportista, sin enfermedades de base, fallece dentro de la vivienda en la que estaban los imputados”, relató la fiscal, quien llegó a la audiencia acompañada de su fiscal adjunta Romagnoli y todo el equipo de la Fiscalía de Instrucción Especializada.
De acuerdo a los datos que pudo recabar, doce horas antes, Zoe se encontraba en el Club Pringles con Rodríguez y Oses. Tomaban mate y miraban un partido de vóley. A las 22:40 horas se retiran del lugar junto a una amiga, quien se ofrece a llevarlos a una plaza. Rodríguez los invita a su casa y luego de insistirles varias veces, logra que Zoe y Oses vayan hacia su casa ubicada sobre calle Inti Huasi al 1000, en el Barrio Barrancas.
En ese lugar hay una vivienda principal y más atrás un pequeño departamento que alquila Rodríguez. Allí se quedaron los tres, tomando bebidas y jugando juegos de videos toda la noche.
“Tenemos acreditado que a las 10 llegó hasta esa casa Nahuel, hermano de Zoe. Rodríguez no lo hizo pasar y le dijo que no se encontraba. Lo mismo le dijo al padre de Zoe y a una amiga de la víctima. En todas las oportunidades, Rodríguez les dijo que Zoe había estado allí pero que se había ido hace rato”, dijo Durán.
“A las 11:25 horas, R.F., profesor del gimnasio de Zoe y el imputado, recibió un mensaje de Rodríguez que le pedía insistentemente que fuera hasta su casa. Cinco minutos después, el profesor llega al departamento y ve que la víctima se encontraba sobre una cama, boca arriba, sin vida. Este profesor salió del lugar y dio aviso a la policía”, relató la fiscal.
Esa mañana, según la investigación de Fiscalía, los imputados no fueron a trabajar. Oses llamó a su hermano F. O. y le dijo que estaba en San Luis y que había perdido el colectivo para regresar a La Toma. Luego los hermanos se vuelven a comunicar y F. O. le pregunta por Rodríguez porque “le estaba mandando mensajes raros”, contó la fiscal, a lo que el imputado le contesta que Rodríguez “había encontrado a Zoe cortada”.
El abogado querellante, Esteban Bustos, adhirió a los dichos de la fiscal y dijo que los imputados “intentaron alterar la escena del crimen para lograr la impunidad”.
El informe de la forense
La fiscal de Instrucción dijo que toda la evidencia recolectada le da el sustento para sospechar que Leandro Oses y Adrián Rodríguez fueron los autores de la muerte de Zoe Pérez a quien le habrían producido numerosas lesiones en el cuerpo, según surge del informe forense, y finalmente fue asfixiada, obstruyéndole las vías aéreas.
“De la necropsia que realizó la Doctora Patricia Gallardo surge presencia de signos macroscópicos de asfixia en órganos externos, infiltrado hemático en el corazón, lesiones en genitales que podrían haberse producido en un acto sexual y lesiones externas en miembros superiores que podrían ser considerados como lesiones de defensa. Hemos tenido en cuenta que tanto Oses como Rodríguez presentan escoriaciones y otras lesiones en el cuerpo”, enumeró Durán.
Sobre la detención de Oses
Al inicio de la audiencia, la defensa de Oses, representada por Guillermo Levingston y Miguel Orozco, solicitó la recusación de la fiscal Durán y mencionó una denuncia presentada contra ella, y efectivos de la Comisaría 39° y de Homicidios. Orozco dijo que hubo irregularidades en la detención de su defendido y en el procedimiento de la Policía. “Quiero que se respeten las garantías constitucionales de mi cliente, nunca supe donde estaba detenido. Este proceso está viciado y solicito que la fiscal se aparte y se designe a otra fiscalía”, sostuvo el abogado.
El juez rechazó el planteo por improcedente porque debía realizarse por escrito ante la Fiscalía de Juicio. La fiscal Durán explicó que Ostes fue demorada en el lugar del hecho, afuera de la casa, ya que con Rodríguez fueron las últimas personas que vieron con vida a Zoe Pérez.
“Estando con la Dra. Romagnoli en el lugar, una gran cantidad de personas intentaron entorpecer la investigación a fin de poder llegar a los imputados y lesionarlos. Arrojaron piedras y pusieron en riesgo tanto a la policía como a nosotras. No se pudo realizar el procedimiento porque toda esa gente también se dirigió a la comisaría. Por eso cuando recibo el sumario veo que en el acta decía 21 horas, cuando en realidad fue a las 13. Ante esa irregularidad me comunico con la Policía de La Toma y me explican que la hora real había sido la del mediodía, pero la hora que consignaron en el acta fue la hora que pudieron terminar los trámites de la detención y que debieron realizar en Concarán para resguardo del imputado”, explicó Durán.
Y agregó: “Entiendo lo que pasó, pero no me parecía que estuviera bien el acta de detención con ese horario. Me pareció que no era clara y debían liberar a Oses. Eso fue alrededor de las 10 de la mañana. En el transcurso del día entrevistamos a varias personas y sumamos mucha evidencia que me hacía sospechar de una posible autoría, más la planilla de antecedentes, decidí emitir una orden de detención por escrito para Oses”.
Las evidencias que restan incorporar
La representante del Ministerio Público Fiscal dijo que es mucha la evidencia que ha sustentado los hechos narrados durante la teoría del caso: actas de procedimiento y de secuestro de ropa, informes médicos, entrevistas con testigos, el informe de autopsia, entre otros documentos. Asimismo, sostuvo que restan producir medidas como los informes de Policía Científica con respecto al levantamiento de huellas y prueba Luminol; el informe de las cámaras públicas y privadas, informes de ADN e hisopados, pericias en teléfonos y entrevistas testimoniales, entre otras.