San Luis

Edesal deberá retrotraer los valores al 1° de julio

Una disposición de la Comisión Provincial Reguladora de Energía, tomó los reclamos por incumplimientos de la ley provincial y nacional y falta de transparencia, mediante una resolución el organismo dejó sin efecto el aumento del 34% y deberá reintegrar a los usuarios lo que abonaron de más.

A través de la Resolución N° 207-CRPEE-2023, la Comisión Reguladora Provincial de Energía Eléctrica (Crpee), tomó la decisión de anular la audiencia pública llevada adelante el 25 de octubre donde Edesal solicitó un 34% de aumento en las boletas de luz. La disposición oficial firmada por la nueva presidenta del Crpee, Laura Giumelli y el vocal, Gastón Dufour.

La convocatoria había sido cuestionada por múltiples sectores como las cámaras de comercio de distintas ciudades, legisladores y usuarios damnificados.

Uno de los principales planteos para sostener el pedido de nulidad fue el formulado por el usuaio Juan Larrea: “Violación a los principios de transparencia y veracidad en la información pública, coherencia metodológica, integralidad y alcance metodológico y lógico”.

También el incumplimiento de la Ley Provincial Nº VII-0276-2004, y del artículo 40 de la Ley Nacional Nº 24.065, “por causar un gravamen irreparable” de la calidad de usuario.

A su vez, se detiene en la falta de datos en el análisis que se debe llevar a cabo para el pedido de actualización de la boleta, como la curva de cargas.

“La administración debe extremar los recaudos en el cumplimiento formal y material del procedimiento de convocatoria, tanto en la publicidad como de poner a disposición los componentes de costos de la tarifa”, puntualizó la Comisión.

“Veíamos una serie de irregularidades e incumplimientos por parte de la Comisión Reguladora, tanto en esta audiencia como en las anteriores, en las que también habíamos hecho severas críticas desde el bloque”,.

Eugenia Gallardo. Legisladora

Para Gallardo, la nulidad significa “un acto de justicia respecto a los intereses y demandas de los consumidores, porque sistemáticamente la Comisión Reguladora parecía obedecer más o solamente a los intereses de la empresa y no a los intereses de los usuarios”.

Además, esto permitirá “la realización de una RTI, hecha con profesionales e instituciones especializadas, para tranquilidad tanto de los usuarios”.

La resolución “muy novedosa y auspiciosa, que nos indica que se abre una nueva etapa de relaciones entre la comisión, Edesal, y nosotros los usuarios”. Además, consideró que, ante la nulidad, los valores «deben retrotraerse al 1° de julio» y que «los excedentes cobrados por la empresa distribuidora a partir del 17 de noviembre deben ser devueltos a los usuarios».

Juan Larrea

Javier Furlotti

Administrador VM Multimedia

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