En julio las aseguradoras adecuarán servicios de grúas
El vocero presidencial, Manuel Adorni, reafirmó la postura de la Superintendencia de Seguros de la Nación a pesar de diversas presentaciones judiciales en contra de la normativa. Desde cuándo empieza a regir y las excepciones de la cobertura. La palabra de Enrique Garret productor y asesor de seguros de Villa Mercedes.
Días atrás, el Gobierno ratificó la medida tomada en abril pasado por la Superintendencia de Seguros de la Nación sobre la obligación de las empresas de seguros de excluir los servicios de grúas o remolques y asistencia mecánica en todo el país. A pesar de las diversas presentaciones judiciales en su contra, la implementación de esta normativa se pondrá en práctica a partir de julio.
Las compañías de seguro ya no estarán obligadas a cubrir el servicio de grúa y auxilio mecánico
El 24 de abril pasado, la SSN a cargo de Guillermo Plate determinó a través de la Resolución 217/2024, publicada en el Boletín Oficial, la eliminación de la obligación de las aseguradoras de incluir servicios de grúa y asistencia mecánica en las pólizas de autos.
El objetivo de la medida, según el Gobierno, permitirá un mayor desarrollo de la oferta y brindará a los ciudadanos la posibilidad de elegir el precio y servicio que mejor se ajuste a sus necesidades y criterios.
Desde cuándo comienza a regir la medida
El 24 de julio empieza a regir la medida, ya que la Resolución 217/2024 modificó el Reglamento de la Actividad Aseguradora, otorgando un plazo de hasta 90 días para implementar este cambio.
Una vez finalizado este periodo, la modificación se aplicará a cada usuario al renovar su póliza de seguro. De todas formas, algunas compañías de seguro adelantarían las modificaciones de las cláusulas para el 1 de julio.
En qué casos funcionará el servicio de grúas de las aseguradoras
Los seguros ya no podrán incluir en sus pólizas el servicio de remolque y auxilio mecánico a los usuarios. Únicamente en caso de siniestro por daño, incendio, robo o hurto, los gastos de traslado y estadía serán cubiertos por el asegurador.
En cambio, ya no tendrá vigencia la cobertura que existía hasta ahora sobre «traslado, remolque, asistencia y/o estadía del vehículo asegurado, generados por desperfectos o problemas mecánicos, de batería, de arranque, eléctricos, pinchaduras, cortaduras y/o reventones de las cámaras o cubiertas, falta de combustible y/o cualquier otro que no tenga vinculación con un accidente, incendio, robo y/o hurto», indicó el texto oficial.
El recurso de amparo y la respuesta del Gobierno
Tras conocerse la nueva normativa, la Asociación de Consumidores y Usuarios de la Argentina (ACUDA) realizó el 28 de mayo pasado una acción colectiva en defensa de los derechos de los consumidores, con el objetivo de obtener la nulidad del artículo 2° de la Resolución, que establece «modificaciones que afectan directamente las condiciones del servicio de remolques, privando a los consumidores de un beneficio que previamente estaba incluido en sus pólizas de seguro».
Además, desde ACUDA solicitaron una medida cautelar para mantener los servicios de remolque bajo las condiciones anteriores a la entrada en vigor de la resolución impugnada, argumentando que «esta modificación intempestiva significará que los consumidores deban pagar mucho más por un servicio indispensable como el de acarreo».
Desde el Gobierno, el vocero presidencial, Manuel Adorni, fue tajante y reafirmó días atrás la postura de la Superintendencia de Seguros de la Nación en conferencia de prensa. «No vamos a dar marcha atrás con la decisión sobre el servicio de grúas para los seguros de auto», sentenció.