Senadores del PRO piden datos sobre extranjeros que se atienden en hospitales de Mendoza
El bloque PRO de la Cámara de Senadores local elabora un pedido de informes para saber cuántas personas de otros países vienen a atenderse en hospitales mendocinos. Fuerte debate
Los senadores Rolando Baldasso, German Vicchi, Valentín Gómez y Gabriel Pradines, del bloque PRO, quieren saber cuántos extranjeros se atienden en los hospitales públicos de Mendoza y conocer cuánto se gasta en
Este martes se conoció que los legisladores impulsan un proyecto de pedido de informes dirigido a los directores de los 24 centros asistenciales públicos de la provincia.
¿El objetivo? Reunir datos concretos referidos a cantidad de ciudadanos extranjeros no residentes atendidos en los hospitales mendocinos y las acciones que se toman -si se toman- para recuperar esos gastos.
“En medio de una crisis económica muy compleja (…) los hospitales públicos de Argentina y especialmente de Mendoza (…) atienden a los extranjeros sin ningún tipo de restricción, llegando a cubrir tratamientos que no son urgencias ni eventualidades«, diagnosticó el presidente del bloque, Rolando Baldasso.
Y aseveró: «Por eso, es necesario conocer datos precisos y convenios de reciprocidad vigentes».
El Hospital Central, un símbolo de la salud pública mendocina.
¿»Reciprocidad» en los hospitales públicos?
Entre los argumentos que esgrimen los legisladores PRO se cuenta que, de acuerdo a un diagnóstico preliminar, la atención sanitaria de los argentinos en el exterior podría no ser recíproca respecto a la que reciben quienes vienen al país y van a un hospital.
En criollo: conjeturan que si un argentino se hace atender en otro país no se lo tratará como a los extranjeros que utilizan el sistema sanitario en Argentina.
En el proyecto, de hecho, los senadores mencionan la firma entre Argentina y Bolivia de un convenio de cooperación en materia de asistencia médica firmado en julio de 2019; y a la promulgación de la Ley 6.116, que crea el sistema provincial de seguro de salud para personas extranjeras.
Los senadores opinan: “Es evidente que este problema no ha tenido una solución concreta y efectiva, por lo que hace años que se viene arrastrando, con un impacto en las arcas del sistema de salud de cada provincia”.
Por otro lado, Mendoza tiene desde 1990 una ley, la 5.578, de “Prestación médica en centros asistenciales sanitarios”. Allí se establece que “cuando en los centros sanitarios de la provincia de Mendoza se prestare cobertura de salud a pacientes pertenecientes de obras sociales, mutuales, sistemas de medicina prepaga, compañías de seguros o terceros obligados a resarcirlos (…), deberán abonar los gastos que hubiera ocasionado la atención del mismo”.
Sin embargo, la norma no dice nada sobre los extranjeros.
«Por eso -consideró Baldasso- es importante contar con la información solicitada a fin de revisar la legislación actual y tal vez adecuar la norma, no para desproteger a extranjeros no residentes que sufren problemas eventuales de salud, sino para brindar igualdad entre los argentinos, a quienes se les cobra por las prestaciones médicas fuera de nuestro país, y los extranjeros que reciben todo tipo de servicios, incluidos los de alta complejidad, sin pagar nada”.
Otra perspectiva sobre los extranjeros que se atienden en Argentina
La discusión sobre la atención sanitaria a los no residentes suele volver cada tanto en las provincias que tienen un contacto fuerte con países limítrofes. En Jujuy se ha convertido en un tópico, y desde algunos sectores se enfatiza que existe una especie de «turismo de la salud».
Por eso será interesante verificar los números concretos de extranjeros que se atienden en los prestadores públicos de Mendoza. A nivel nacional, los guarismos no parecen alimentar la idea de una afluencia importante de personas de otros países.
Como ejemplo, se pueden citar las estadísticas que dio el Ministerio de Salud de la Nación para el año 2016: de un total de 728.035 nacidos vivos en Argentina, sólo 219 (un 0,03%) eran hijos de madres con residencia en el extranjero. Una proporción mínima. Tendencias no muy diferentes se citan para otros tipos de atención.
En algunas épocas del año, el sistema público de salud es muy utilizado por los mendocinos.
En cuanto a los contraargumentos jurídicos, quienes están en contra de arancelar la atención médica a extranjeros recuerdan que la Constitución Nacional dispone en su artículo 20 que “Los extranjeros gozan en el territorio de la Nación de todos los derechos civiles del ciudadano”.
Asimismo, el artículo 8 de la Ley 25.871 de Migraciones destaca que “No podrá negársele o restringírsele en ningún caso el acceso al derecho a la salud (…) a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”.
Como se ve, si se quisieran reemplazar los actuales criterios, no bastaría con recopilar variables y alterar la legislación local, sino que -como mínimo- hay un conjunto de normas nacionales que habría que modificar.