Judiciales

Sentencia con perspectiva de género: condenaron a Diego Oliveri por difundir un video íntimo y ejercer violencia contra su expareja

El Tribunal Unipersonal, integrado por el juez Ariel Parrillis, condenó este miércoles a Diego Oliveri a dos años y tres meses de prisión efectiva por los delitos de amenazas, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, y distribución indebida de correspondencia, en concurso real. La víctima fue su expareja, Gabriela Fernández Aberastain. Oliveri llegó a juicio en libertad, pero fue esposado y retirado de la sala tras el veredicto.

En el mismo proceso, la imputada Tatiana Yaccarini ofreció una reparación económica a la víctima y pidió disculpas públicas. Su arrepentimiento fue valorado por Fernández Aberastain, quien aceptó las disculpas y remarcó: “No quiero más odio ni más maldad, quiero justicia”.

El fallo fue considerado un hecho inédito en la provincia de San Luis y uno de los primeros en el país que aborda la difusión de material íntimo como una forma de violencia de género. La fiscalía, representada por Ricardo Barbeito y Fernando Rodríguez, solicitó una condena ejemplar con enfoque de género, y argumentó que Oliveri actuó por “el pecado de ser la ex” y no tolerar que su expareja haya rehecho su vida.

Durante la audiencia, Yaccarini relató situaciones de violencia que ella misma sufrió por parte de Oliveri y pidió perdón a la víctima. Fernández Aberastain, serena, le respondió que aceptaba sus disculpas y que entendía su situación como mujer. La acción penal contra Yaccarini quedó extinguida tras el acuerdo conciliatorio.

La querella, a cargo de Santiago Olivera Aguirre, advirtió que Oliveri usó a Yaccarini como intermediaria para viralizar el video íntimo, causando un daño irreparable a la víctima. Además, se reveló que uno de los intentos de difusión del video fue dirigido al hijo de Fernández Aberastain, aunque el mensaje no llegó a ser visto.

Por su parte, la defensa de Oliveri argumentó que el Código Penal aún no contempla específicamente el delito de difusión de contenido íntimo y solicitó su absolución o, en su defecto, una pena menor. Oliveri habló ante el tribunal sin mostrar arrepentimiento y pidió que la eventual condena fuera condicional por motivos de salud, algo que el juez desestimó.

El fallo marca un precedente judicial en San Luis y visibiliza una forma de violencia que afecta gravemente la integridad y la dignidad de las víctimas. La sentencia fue celebrada por el entorno de la denunciante, quien desde hace cinco años pedía justicia.

Javier Furlotti

Administrador VM Multimedia

Publicaciones relacionadas

Botón volver arriba