Sentencia con perspectiva de género: condenaron a Diego Oliveri por difundir un video íntimo y ejercer violencia contra su expareja

El Tribunal Unipersonal, integrado por el juez Ariel Parrillis, condenó este miércoles a Diego Oliveri a dos años y tres meses de prisión efectiva por los delitos de amenazas, lesiones leves agravadas por el vínculo y por mediar violencia de género, y distribución indebida de correspondencia, en concurso real. La víctima fue su expareja, Gabriela Fernández Aberastain. Oliveri llegó a juicio en libertad, pero fue esposado y retirado de la sala tras el veredicto.
En el mismo proceso, la imputada Tatiana Yaccarini ofreció una reparación económica a la víctima y pidió disculpas públicas. Su arrepentimiento fue valorado por Fernández Aberastain, quien aceptó las disculpas y remarcó: “No quiero más odio ni más maldad, quiero justicia”.
El fallo fue considerado un hecho inédito en la provincia de San Luis y uno de los primeros en el país que aborda la difusión de material íntimo como una forma de violencia de género. La fiscalía, representada por Ricardo Barbeito y Fernando Rodríguez, solicitó una condena ejemplar con enfoque de género, y argumentó que Oliveri actuó por “el pecado de ser la ex” y no tolerar que su expareja haya rehecho su vida.
Durante la audiencia, Yaccarini relató situaciones de violencia que ella misma sufrió por parte de Oliveri y pidió perdón a la víctima. Fernández Aberastain, serena, le respondió que aceptaba sus disculpas y que entendía su situación como mujer. La acción penal contra Yaccarini quedó extinguida tras el acuerdo conciliatorio.
La querella, a cargo de Santiago Olivera Aguirre, advirtió que Oliveri usó a Yaccarini como intermediaria para viralizar el video íntimo, causando un daño irreparable a la víctima. Además, se reveló que uno de los intentos de difusión del video fue dirigido al hijo de Fernández Aberastain, aunque el mensaje no llegó a ser visto.
Por su parte, la defensa de Oliveri argumentó que el Código Penal aún no contempla específicamente el delito de difusión de contenido íntimo y solicitó su absolución o, en su defecto, una pena menor. Oliveri habló ante el tribunal sin mostrar arrepentimiento y pidió que la eventual condena fuera condicional por motivos de salud, algo que el juez desestimó.
El fallo marca un precedente judicial en San Luis y visibiliza una forma de violencia que afecta gravemente la integridad y la dignidad de las víctimas. La sentencia fue celebrada por el entorno de la denunciante, quien desde hace cinco años pedía justicia.