Tras la inflación del 15,1% en el semestre, actualizan los montos del Monotributo y Ganancias

La suba del IPC entre enero y junio activó el mecanismo de actualización automática previsto por la Ley de Medidas Fiscales. Aumentan los topes de facturación, las cuotas mensuales y los mínimos no imponibles.
15 de julio de 2025
La inflación semestral de 15,1% registrada entre enero y junio impactará desde este mes en los valores que determinan quiénes deben pagar el Impuesto a las Ganancias y en qué categoría se encuadran los monotributistas. Así lo establece la Ley de Medidas Fiscales aprobada en 2024, que prevé ajustes cada seis meses en base al índice de precios al consumidor.
Impuesto a las Ganancias: nuevos umbrales
Desde julio, los trabajadores en relación de dependencia sin hijos quedarán exentos del impuesto si perciben ingresos brutos mensuales inferiores a $2.624.000, lo que equivale a un neto estimado de $2.178.000. Para empleados con dos hijos, el tope se eleva a $3.054.000 brutos ($2.535.000 netos) y para trabajadores casados con dos hijos asciende a $3.464.000 brutos ($2.890.000 netos).
Las escalas progresivas del impuesto inician a partir de esos montos, con alícuotas que van del 5% al 35%. El nuevo esquema es retroactivo al 1º de julio y los empleadores deberán ajustar las retenciones incluso sobre haberes de junio si se liquidan este mes.
Además, se actualizan todas las deducciones personales (cónyuge, hijos, alquiler, servicio doméstico, medicina prepaga, donaciones, entre otras), que deben informarse mediante el Formulario F572 Web en el sistema Siradig Trabajador.
Monotributo: nuevos topes y cuotas
A partir de agosto, se actualizan también los parámetros del Monotributo. El nuevo tope de facturación anual para la categoría A será de $8.992.835 (antes $7.813.063) y el límite superior para la categoría K pasa de $82.370.281 a $94.808.193. Las cuotas mensuales suben en igual proporción: la categoría A pagará $37.086 y la B, $42.217. El resto de las categorías también se ajustará proporcionalmente.
Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para recategorizarse, evaluando ingresos, superficie, consumo eléctrico y alquileres de los últimos 12 meses. Quienes no registren cambios o lleven menos de seis meses inscriptos no deben hacer ningún trámite.
ARCA (Agencia de Recaudación y Control Aduanero, que reemplazó a la AFIP) podrá reclasificar de oficio a quienes superen los parámetros declarados o incurran en omisiones.
En resumen:
- Ganancias: suben mínimos no imponibles y escalas, retroactivo al 1° de julio.
- Monotributo: aumentan topes y cuotas un 15,1%, desde agosto.
- Recategorización: abierta hasta el 5/8 para contribuyentes activos.
- Formulario Siradig: obligatorio para aplicar deducciones en Ganancias.
Con este ajuste, el Gobierno busca evitar que la inflación empuje a más contribuyentes a tributar por simples aumentos nominales y que los pequeños contribuyentes queden encuadrados en escalas que no reflejan su nivel real de ingresos.