Caso Abel Ortiz: la Justicia confirmó la absolución de Espinosa, Acevedo y Vázquez y la desaparición sigue sin esclarecerse

El Superior Tribunal de Justicia de San Luis rechazó por unanimidad el recurso presentado por la Fiscalía y ratificó la absolución de los tres acusados de integrar una presunta asociación ilícita. La investigación se originó tras la desaparición de Roque Abel “Pochi” Ortiz en Villa Mercedes, en septiembre de 2014. A doce años del hecho, su familia continúa reclamando respuestas sobre su paradero.
Uno de los casos judiciales más resonantes de Villa Mercedes sumó un nuevo capítulo. El Superior Tribunal de Justicia de San Luis confirmó la absolución de María Alejandra Espinosa, el excomisario Marcelo Cecilio Acevedo y María del Carmen Vázquez, quienes habían llegado a juicio acusados de integrar una presunta asociación ilícita vinculada con distintos hechos delictivos investigados a partir de la desaparición de Roque Abel “Pochi” Ortiz.
La resolución fue dictada el 7 de octubre mediante la Sentencia Definitiva Nº 203/26 y rechazó por unanimidad el recurso de casación presentado por el Ministerio Público Fiscal contra el fallo absolutorio del Colegio de Jueces de la Segunda Circunscripción Judicial.
El máximo tribunal provincial consideró que la acusación no logró demostrar arbitrariedad ni errores jurídicos suficientes para modificar la decisión adoptada durante el juicio.
La resolución representa un nuevo revés para la hipótesis sostenida por la Fiscalía, que durante años investigó la posible existencia de una organización delictiva en la que habrían participado los acusados.
Sin embargo, existe una diferencia fundamental: la absolución confirmada corresponde al delito de asociación ilícita y no constituye una resolución sobre qué ocurrió con Abel Ortiz, cuyo paradero continúa siendo desconocido.
Una desaparición que conmocionó a Villa Mercedes
Roque Abel Ortiz, conocido como “Pochi”, desapareció el 16 de septiembre de 2014 en Villa Mercedes.
La denuncia formal fue presentada días después, el 20 de septiembre, ante la Comisaría Nº 29.
Según la reconstrucción incorporada a la investigación, Ortiz había salido de la vivienda de su hermana Marcela, en el barrio La Ribera, y posteriormente se habría encontrado con su expareja, Alejandra Espinosa.
La mujer fue señalada durante la investigación como una de las últimas personas que mantuvieron contacto con él antes de que se perdiera todo rastro de su paradero.
A partir de aquel momento comenzaron las denuncias, los rastrillajes, los allanamientos y distintas medidas judiciales destinadas a reconstruir sus últimos movimientos.
La investigación también puso bajo análisis la actuación de integrantes de la Policía provincial y las relaciones personales que existían entre algunas de las personas involucradas.
El caso adquirió una enorme repercusión pública y se convirtió en uno de los expedientes más complejos de la historia judicial reciente de Villa Mercedes.
A pesar del tiempo transcurrido, las medidas de investigación y las distintas instancias judiciales, no se logró establecer qué ocurrió con Ortiz ni dónde se encuentra.
Las sospechas sobre una presunta organización delictiva
Con el avance de la investigación, la Fiscalía comenzó a sostener la hipótesis de que detrás de distintos hechos existía una organización dedicada a cometer delitos.
La acusación mencionaba robos, incendios, amenazas con armas de fuego, lesiones y presuntas maniobras destinadas a entorpecer investigaciones.
Según esa teoría, Alejandra Espinosa y Marcelo Acevedo habrían tenido un papel central dentro de la supuesta estructura.
Acevedo se desempeñaba como comisario de la Comisaría Novena de Villa Mercedes y, de acuerdo con la hipótesis fiscal, habría utilizado su posición y recursos institucionales para facilitar determinadas actividades ilícitas.
También se investigaron supuestas irregularidades vinculadas con la liberación de zonas, el suministro de armas y la filtración de información policial.
En cuanto a María del Carmen Vázquez, la Fiscalía sostenía que habría participado en maniobras destinadas a desviar investigaciones mediante declaraciones falsas.
Los investigadores consideraban que la desaparición de Ortiz podía estar relacionada con el funcionamiento de esa presunta organización.
Estas afirmaciones formaron parte de la acusación, pero no fueron acreditadas con el grado de certeza requerido para obtener una condena por asociación ilícita.
De las detenciones al juicio oral
La investigación atravesó numerosas instancias judiciales durante más de una década.
En 2021 se produjeron nuevas citaciones a declaración indagatoria, mientras que en febrero de 2022 el entonces juez de Instrucción Leandro Estrada dispuso procesamientos con prisión preventiva en el expediente por asociación ilícita.
Entre las personas alcanzadas por aquellas decisiones se encontraban Espinosa, Acevedo y Vázquez.
Posteriormente, la causa avanzó hasta llegar al debate oral, donde el Ministerio Público Fiscal intentó demostrar la existencia de una estructura criminal estable.
Durante el juicio desarrollado en 2025, los fiscales Leandro Estrada y Néstor Lucero solicitaron penas de diez años de prisión para Espinosa y Acevedo, a quienes consideraban presuntos organizadores de la asociación, y cinco años para Vázquez.
La querella acompañó la acusación y los pedidos de condena.
Las defensas, en cambio, rechazaron la existencia de una asociación ilícita y sostuvieron que no había pruebas suficientes para acreditar un acuerdo criminal permanente entre los acusados.
Un fallo dividido que terminó en absolución
El juicio concluyó en noviembre de 2025 con una decisión mayoritaria favorable a los tres imputados.
El tribunal estuvo integrado por Sandra Ehrlich, María Eugenia Zabala Chacur y José Luis Flores.
La resolución no fue unánime. Ehrlich se pronunció por una posición diferente, mientras que los otros dos magistrados consideraron que no se había logrado demostrar la existencia de la asociación ilícita atribuida a los acusados.
El punto central de la discusión fue la falta de pruebas suficientes para acreditar un acuerdo estable y organizado entre los imputados con el propósito de cometer delitos.
Para configurar una asociación ilícita no alcanza con demostrar vínculos personales, relaciones de amistad o sospechas sobre conductas individuales. La acusación debe acreditar la existencia de una organización con permanencia y finalidad delictiva.
En el caso de Vázquez, el tribunal consideró que su amistad con Espinosa no era suficiente para demostrar una participación criminal.
Respecto de Acevedo, los magistrados entendieron que las pruebas presentadas no permitían establecer de manera concluyente su participación en la organización denunciada.
En cuanto a Espinosa, también concluyeron que los elementos reunidos no demostraban la existencia del acuerdo delictivo que sostenía la Fiscalía.
Por aplicación del principio del beneficio de la duda, los tres fueron absueltos.
La decisión provocó una fuerte reacción de los familiares de Ortiz, quienes esperaban que el juicio permitiera avanzar hacia el esclarecimiento de su desaparición.
La Fiscalía recurrió al Superior Tribunal
Después de conocer los fundamentos de la absolución, el fiscal de Juicio Néstor Armando Lucero presentó un recurso de casación el 2 de febrero de 2026.
El representante del Ministerio Público Fiscal cuestionó la valoración de las pruebas realizada por la mayoría del tribunal.
También planteó objeciones respecto de la modalidad de participación de algunos magistrados, que siguieron parte del debate mediante plataformas virtuales.
Según el planteo fiscal, esa situación podía haber afectado el principio de inmediación, vinculado con la posibilidad de que los jueces tomen contacto directo con las pruebas y los testimonios producidos durante el juicio.
La presentación buscaba que el Superior Tribunal revisara el procedimiento y determinara si existían irregularidades que justificaran dejar sin efecto la absolución.
Para la familia de Ortiz, el recurso representaba una nueva posibilidad de revisión judicial después del resultado adverso del debate oral.
Por qué el Superior Tribunal confirmó las absoluciones
La resolución del 7 de octubre rechazó los cuestionamientos presentados por la Fiscalía.
El voto principal fue elaborado por el ministro Eduardo Segundo Allende y acompañado por Andrea Carolina Monte Riso, Jorge Alberto Levingston y José Guillermo L’Huillier.
Los magistrados consideraron que el recurso no logró identificar defectos concretos de gravedad suficiente para modificar la sentencia.
Respecto de la participación virtual de jueces, entendieron que esa modalidad no constituye automáticamente una vulneración del principio de inmediación ni del debido proceso.
También señalaron que la Fiscalía manifestó principalmente su desacuerdo con la interpretación de las pruebas, pero no demostró arbitrariedad en la decisión de la mayoría.
El Superior Tribunal remarcó que el recurso de casación no representa una oportunidad para repetir íntegramente el juicio ni para sustituir sin fundamentos suficientes la valoración realizada por los magistrados que intervinieron en el debate.
Por esos motivos, rechazó el planteo fiscal y confirmó las absoluciones de Espinosa, Acevedo y Vázquez por el delito de asociación ilícita.
La decisión fue adoptada por unanimidad y sin imposición de costas.
El reclamo de una familia que lleva doce años buscando respuestas
Detrás de la extensa investigación judicial permanece una historia familiar atravesada por la incertidumbre.
Desde septiembre de 2014, los familiares de Abel Ortiz impulsaron distintas acciones para conocer qué ocurrió con él.
Su hermana Marcela se convirtió en una de las principales voces del reclamo público, participando en entrevistas y manifestaciones para mantener vigente la búsqueda.
Durante estos años, la familia expresó reiteradamente su dolor por la ausencia de respuestas y cuestionó distintos aspectos del desarrollo de la investigación.
Tras la absolución dictada en 2025, los familiares manifestaron su frustración ante un proceso que, pese a su duración, no permitió esclarecer la desaparición.
La presentación del recurso de casación había renovado sus expectativas de que la Justicia revisara el resultado del juicio.
Sin embargo, la nueva resolución del Superior Tribunal confirmó las absoluciones y dejó sin modificaciones el fallo cuestionado.
La búsqueda de Ortiz continúa vigente. Su nombre permanece incorporado en el registro nacional de personas buscadas, donde se solicita información que permita establecer su paradero.
Qué significa la resolución y qué aspectos siguen pendientes
El fallo del Superior Tribunal cierra, en el ámbito provincial y respecto de los cuestionamientos analizados, una etapa central del proceso por asociación ilícita.
No obstante, resulta importante diferenciar las responsabilidades penales que se discutieron durante el juicio de la investigación sobre la desaparición de Ortiz.
La sentencia no establece que se haya determinado su destino, ni identifica a las personas responsables de una eventual conducta delictiva vinculada con su ausencia.
Tampoco permite afirmar que todos los expedientes relacionados con las personas involucradas hayan quedado concluidos.
De hecho, Alejandra Espinosa también fue mencionada en otra investigación penal por una presunta tentativa de homicidio, un expediente independiente cuya situación procesal no se resuelve mediante esta absolución.
La resolución del máximo tribunal provincial significa que la acusación por asociación ilícita no logró superar las exigencias probatorias necesarias para sostener una condena.
A doce años de la desaparición de Roque Abel “Pochi” Ortiz, Villa Mercedes continúa frente a uno de sus interrogantes judiciales más persistentes.
Tres personas fueron absueltas de integrar la presunta organización criminal investigada, pero la pregunta que dio origen a todo el expediente permanece sin respuesta: qué ocurrió con Abel Ortiz y dónde está.



