Fallo histórico: condenaron a 20 años a un hombre por abuso sexual sin contacto físico

La Justicia consideró que el sometimiento digital puede constituir acceso carnal
En un fallo sin precedentes, la Justicia argentina condenó a 20 años de prisión a Orlando Tristán Novillo por abuso sexual con acceso carnal contra una menor, pese a que nunca existió contacto físico entre ambos.
La sentencia, dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal N° 4 de Morón, marca un cambio clave en la interpretación de los delitos contra la integridad sexual, al establecer que el abuso puede configurarse mediante coerción, amenazas y sometimiento, incluso en entornos digitales.
Captación y manipulación a través de redes
El caso comenzó cuando la víctima tenía 12 años. El condenado la contactó a través de redes sociales, haciéndose pasar por un joven para ganarse su confianza.
Con una falsa propuesta de modelaje, primero le solicitó fotografías en ropa interior y luego contenido sexual explícito. Una vez obtenido ese material, inició un proceso de extorsión constante.
Durante tres años, la menor fue obligada a enviar fotos y videos, bajo amenazas de difundir el material o atentar contra su familia.
Extorsión y control económico
El agresor no solo exigía contenido sexual, sino que también obligaba a la víctima a proporcionarle datos de tarjetas de crédito de sus padres y realizar operaciones económicas.
Este esquema consolidó un control total sobre la menor, basado en el miedo y la manipulación.
Operaba desde la cárcel
Uno de los aspectos más impactantes del caso es que Novillo realizaba todas estas maniobras desde la Unidad Carcelaria N° 21 de Campana, utilizando un teléfono celular.
Tras la denuncia, se allanó su celda y se secuestró el dispositivo, en el que se encontraron más de 134 mil archivos de abuso sexual infantil, además de registros de las extorsiones.
La intervención que permitió denunciar
El caso salió a la luz gracias a la intervención de una docente de danzas, quien escuchó a la víctima, la contuvo y alertó a su madre.
Ese acompañamiento fue clave para romper el silencio y avanzar con la denuncia.
Un precedente judicial clave
El tribunal entendió que el abuso sexual con acceso carnal puede configurarse aun sin contacto físico, cuando existe un sometimiento real de la víctima.
La condena incluyó además delitos como producción de material de abuso sexual infantil, corrupción de menores y extorsión.
El fallo fue unánime y sienta un precedente en la persecución de delitos sexuales en entornos digitales.



