San Luis: cómo funcionará el plan para refinanciar deudas y reducir las cuotas de las familias

El Gobierno provincial envió a la Legislatura un proyecto que busca facilitar la regularización de las deudas de los hogares. Contempla quitas de capital e intereses, tasas más bajas, períodos de gracia y plazos de al menos 24 meses. La cuota mensual no podrá superar el 30% de los ingresos familiares. También se prevén beneficios para incentivar el consumo en los comercios de San Luis.
El Gobierno de San Luis envió a la Legislatura provincial el proyecto de ley que crea el “Programa de Desendeudamiento y de Incentivo al Consumo Familiar”, una iniciativa destinada a generar condiciones más favorables para que las familias puedan regularizar deudas en mora y, al mismo tiempo, recuperar capacidad de consumo.
La propuesta establece incentivos fiscales para las entidades financieras y crediticias que adhieran y presenten alternativas de refinanciación con mejores condiciones que las ofrecidas actualmente.
“El beneficiado, por supuesto, es el ciudadano o la familia que está en mora”, sostuvo el gobernador Claudio Poggi durante la presentación de la iniciativa.
El proyecto contempla dos grandes líneas. La primera apunta directamente al desendeudamiento de las familias, mientras que la segunda busca incentivar el consumo dentro de los comercios de San Luis.
En sus fundamentos, la iniciativa sostiene que reducir las cuotas mensuales y extender los plazos de pago permitiría que los hogares recuperen parte de sus ingresos disponibles.
El texto señala que, al liberar recursos mensuales, “se recupera margen de maniobra económico y liquidez disponible” y plantea que ese dinero podría posteriormente regresar al circuito económico provincial a través del consumo.
“Este flujo financiero liberado se vuelca de manera inmediata al consumo de bienes y servicios en el comercio local, generando un círculo virtuoso de reactivación que beneficia al conjunto de la actividad económica de San Luis”, expresa el proyecto.
Quiénes podrán ingresar al programa
El plan está dirigido a personas domiciliadas en la provincia de San Luis que tengan deudas contraídas como consumidores finales.
Podrán contemplarse compromisos asumidos con entidades financieras, proveedores no financieros de crédito, empresas de tecnología financiera —como las fintech— y otras personas jurídicas o entidades registradas y autorizadas por el Banco Central para brindar préstamos o asistencia crediticia.
Una de las condiciones centrales será la antigüedad de la deuda: deberá registrar una mora superior a tres meses al momento de sancionarse la ley.
El monto máximo que podrá incorporarse al programa no está determinado en el proyecto y deberá ser establecido posteriormente mediante la reglamentación.
Además, para acceder se exigirá que el deudor tenga domicilio en San Luis de manera ininterrumpida durante, al menos, los dos años anteriores a la sanción de la norma.
Quitas, tasas más bajas y períodos de gracia
Las entidades que decidan participar deberán presentar propuestas que mejoren las condiciones de refinanciación disponibles en la propia institución y en el mercado.
El proyecto abre distintas posibilidades: quitas de capital e intereses, tasas más bajas, extensión de los plazos de amortización, períodos de gracia y bonificaciones para quienes cumplan con los pagos.
También podrán implementarse otras modalidades que representen una mejora efectiva de las condiciones financieras para el deudor.
Otro punto importante es que podrán consolidarse distintas deudas, incluso cuando hayan sido contraídas con diferentes entidades adheridas al programa.
La cuota no podrá superar el 30% de los ingresos familiares
El proyecto fija una serie de condiciones mínimas que deberán respetar los planes de refinanciación.
El plazo de amortización no podrá ser inferior a 24 meses y deberá establecerse un período de gracia de al menos dos meses.
La tasa nominal anual, además, no podrá superar en más de 10 puntos porcentuales a la Tasa Mayorista de Argentina (Tamar) total de bancos.
Uno de los puntos de mayor impacto para las familias será el límite establecido sobre las cuotas: el pago mensual no podrá representar más del 30% de los ingresos del grupo familiar.
Tampoco podrán cobrarse gastos administrativos, comisiones u honorarios derivados de la incorporación al plan.
Una vez formalizada la refinanciación, las entidades deberán realizar las gestiones correspondientes para actualizar los registros de los deudores morosos.
Beneficios fiscales para que las entidades adhieran
El mecanismo diseñado por el Gobierno busca incentivar la participación de bancos, financieras y demás entidades mediante beneficios impositivos.
El Poder Ejecutivo podrá otorgar exenciones en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos y el Impuesto a los Sellos para las operaciones vinculadas con los planes.
En el caso de Ingresos Brutos, la exención podrá extenderse durante un año desde la firma del plan correspondiente.
Sin embargo, los beneficios no serán automáticos. Cada entidad tendrá que presentar su propuesta y demostrar que cumple con los requisitos. La autorización se realizará mediante decreto y previo dictamen de la autoridad de aplicación.
La intención expresada en los fundamentos es que esa resignación de recursos fiscales se traduzca efectivamente en mejores condiciones para las familias mediante tasas menores, quitas, períodos de gracia y plazos más extensos.
Capacitación financiera
Las entidades que quieran incorporarse también deberán implementar programas gratuitos de capacitación financiera.
Las actividades estarán orientadas a la organización de las finanzas familiares y a prevenir situaciones de sobreendeudamiento.
La modalidad y los contenidos mínimos serán establecidos posteriormente por la autoridad de aplicación.
Descuentos y reintegros para incentivar el consumo
El proyecto no termina con la refinanciación de las deudas.
La segunda parte crea el “Programa de Incentivo al Consumo Familiar”, destinado a las entidades que previamente hayan adherido al esquema de desendeudamiento.
Podrán ofrecer descuentos, reintegros, vouchers, tarjetas prepagas y otras herramientas para estimular las compras dentro de la provincia.
Las promociones deberán representar una mejora concreta respecto de los beneficios promedio ofrecidos por cada entidad durante el último año.
A cambio, el proyecto contempla un crédito fiscal equivalente al 25% del importe efectivamente destinado por las entidades a estos planes de estímulo al consumo.
Ese crédito será nominativo e intransferible y solamente podrá utilizarse para cancelar obligaciones tributarias provinciales de la propia entidad.
Un programa previsto inicialmente por un año
El Ministerio de Hacienda e Infraestructura Pública será la autoridad de aplicación y tendrá a su cargo evaluar las propuestas, controlar el cumplimiento de los programas y dictar las normas complementarias.
La ley, en caso de ser aprobada por la Legislatura, entrará en vigencia después de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de San Luis.
El programa tendrá inicialmente una duración de un año, aunque el Poder Ejecutivo quedará facultado para prorrogarlo, total o parcialmente, por períodos sucesivos que no podrán superar individualmente ese plazo.



