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CABA aprobó un plan para refinanciar deudas en mora: quiénes podrán acceder y cuáles son las condiciones

La Legislatura de la Ciudad de Buenos Aires aprobó el Programa de Desendeudamiento Familiar y Personal, una iniciativa destinada a facilitar la refinanciación de deudas bancarias en mora originadas por préstamos personales y tarjetas de crédito.

La medida, que contó con el respaldo de la mayoría de los bloques y el rechazo de La Libertad Avanza, deberá ser promulgada por el jefe de Gobierno, Jorge Macri, y posteriormente reglamentada para su puesta en marcha. El Banco Ciudad será la entidad encargada de otorgar los nuevos créditos, aunque otros bancos podrán adherir voluntariamente.

El objetivo del programa es aliviar la carga financiera de los hogares, evitar la exclusión del sistema crediticio y promover la regularización de deudas de consumo en personas que atraviesen una situación de vulnerabilidad económica.

Créditos con tasa fija y cuotas extendidas

Los préstamos tendrán como único destino cancelar deudas con entidades bancarias reguladas por el Banco Central, por lo que quedarán excluidas las obligaciones contraídas con billeteras virtuales y financieras no bancarias.

La ley establece una tasa nominal anual fija máxima del 35% y un plazo mínimo de devolución de 24 cuotas mensuales, aunque las entidades adheridas podrán ofrecer condiciones más favorables.

Además, se prevé un mecanismo de pago directo, mediante el cual el Banco Ciudad transferirá el dinero directamente a la entidad acreedora para cancelar la deuda original.

Requisitos para acceder

Los interesados tendrán 60 días para solicitar los créditos una vez que el programa entre en vigencia. Para acceder deberán cumplir con todos estos requisitos:

  • Tener deudas originadas en tarjetas de crédito y/o préstamos personales otorgados exclusivamente por entidades financieras.
  • Estar registrados en la Central de Deudores del Banco Central en Situación 2 (atrasos de entre 60 y 90 días) o Situación 3 (entre 90 y 180 días), al 1 de junio de 2026.
  • Contar con ingresos familiares inferiores a diez salarios mínimos, equivalente actualmente a $3.678.000.
  • Demostrar que las cuotas adeudadas representan más del 30% de los ingresos mensuales del hogar.
  • Acreditar una residencia mínima de dos años en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Quiénes quedarán excluidos

La normativa establece cinco situaciones que impedirán acceder al beneficio:

  • Poseer más de un inmueble.
  • Tener vehículos con menos de cinco años de antigüedad, salvo aquellos utilizados con fines laborales.
  • Ser titular de embarcaciones, aeronaves o bienes considerados suntuarios.
  • Poseer activos financieros cuyo valor supere el monto de la deuda reclamada.
  • Haber comprado dólares durante el período en que se originó la deuda que se pretende refinanciar.

Beneficios para las entidades que adhieran

La ley invita a participar a otras entidades financieras, tanto bancarias como no bancarias. Aquellas que se sumen al programa tendrán una reducción del 50% del Impuesto sobre los Ingresos Brutos aplicado sobre los intereses obtenidos por estos préstamos.

Asimismo, se incorporó una línea especial destinada a emprendedores y trabajadores no registrados que mantengan deudas con Ciudad Microempresas, siempre que presenten atrasos superiores a 60 días e inferiores a 180 días.

La iniciativa surge en un contexto de crecimiento de la morosidad en el sistema financiero y busca ofrecer una alternativa para las familias con dificultades para afrontar sus compromisos económicos.

Javier Furlotti

Administrador VM Multimedia

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