San Luis: sancionaron a un hombre por utilizar a su hijo para ejercer violencia contra su ex pareja y deberá pagar $10 millones

La Justicia de San Luis determinó que un hombre utilizó a su hijo de seis años como instrumento para continuar ejerciendo violencia contra su ex pareja y consideró que la conducta configuró un caso de violencia vicaria. Como parte de la sentencia, deberá pagar una reparación económica de $10 millones y capacitarse en materia de violencia de género.
La resolución fue dictada por el juez de Familia N° 2 de la Tercera Circunscripción Judicial, Carlos Orozco, quien analizó las pruebas incorporadas a la causa y concluyó que el progenitor utilizó al niño para mantener una situación de control y provocar daño emocional a la mujer.
El caso se inició en diciembre de 2024 a partir de una denuncia por hechos de violencia física y verbal ocurridos durante la relación de pareja. Desde entonces, el Juzgado dispuso diferentes medidas de protección, entre ellas la prohibición de acercamiento y contacto, además del cese de cualquier conducta de violencia, hostigamiento o persecución.
Con el avance del expediente surgieron nuevas presentaciones relacionadas con la situación del hijo que tienen en común. Ante ese escenario, se ordenó la intervención de equipos interdisciplinarios para analizar el contexto familiar y establecer medidas destinadas a garantizar la protección integral del niño.
Para resolver, el magistrado evaluó denuncias, medidas de protección, informes interdisciplinarios y las distintas audiencias realizadas durante el proceso. A partir de esos elementos consideró acreditada la existencia de una relación desigual de poder y episodios de violencia de género contra la mujer.
Uno de los elementos considerados fue un informe del Cuerpo Auxiliar Interdisciplinario, que estableció un riesgo moderado de reiteración de agresiones hacia la mujer y también un riesgo de igual nivel para el niño, considerado víctima indirecta de la violencia existente entre sus progenitores.
El juez concluyó que la violencia había excedido las agresiones dirigidas directamente contra la mujer y que el hijo había sido utilizado como un medio para continuar ejerciendo control sobre ella y provocarle sufrimiento.
Esta conducta fue encuadrada como violencia vicaria, denominación utilizada para describir situaciones en las que el agresor instrumentaliza a los hijos u otras personas con un fuerte vínculo afectivo con la mujer con el objetivo de dañarla.
En el fallo también se consideró que la conducta constituyó violencia psicológica en los términos de la Ley Nacional N° 26.485 de Protección Integral de las Mujeres. Asimismo, se tuvieron en cuenta los derechos de la mujer y del niño a una vida libre de violencia y el principio del interés superior del menor.
Como consecuencia de la sentencia, el hombre deberá realizar una capacitación específica en violencia de género y acreditar su cumplimiento dentro de los seis meses posteriores a la notificación. Además, deberá pagar $10 millones en concepto de reparación económica a favor de su ex pareja.
La resolución también mantiene el foco sobre la situación del niño. El juez dispuso que continúe su seguimiento terapéutico y ordenó incorporar informes periódicos sobre su evolución.
Esos informes serán utilizados para determinar eventualmente si corresponde restablecer el vínculo entre el niño y su padre y, en caso de considerarse posible, establecer bajo qué condiciones deberá desarrollarse, priorizando en todo momento el interés superior del menor.



